Desde este enlace puede Vd. descargar o consultar la guía que hemos desarrollado para ayudarle en su adaptación a SEPA:

Acceso a la GUIA DE EMPRESA PARA LA MIGRACIÓN A SEPA.

Antes del día 1 de febrero de 2014 Vd. debería:

  • Tener adaptados sus procesos informáticos de generación de soportes conteniendo transferencias y recibos a las nuevas estructuras de ficheros SEPA.
  • Recabar o calcular y actualizar los datos de sus clientes y proveedores para introducir sus códigos BIC e IBAN.
  • Adaptar sus órdenes de domiciliación (mandatos) a los formatos de órdenes SEPA (CORE Y B2B).
  • Las actuales ordenes de domiciliación siguen vigentes para las domiciliaciones actuales en el esquema CORE.
  • Para el esquema B2B, las órdenes han de ser nuevas.
  • Deberá adecuar sus facturas para que incluyan el IBAN y el BIC al objeto de que sus clientes pueden remitirles transferencias SEPA.
  • Tener preparados sus procesos internos para remitir notificaciones previas a sus deudores antes del primer recibo, asignar números de referencia y tener un identificador de acreedor.
  • Determinar cómo solucionar el hecho de que en Adeudos Directos SEPA la longitud del concepto es tan sólo de 140 caracteres.

En Banca Pueyo contamos con herramientas y conocimientos para poder ayudarle en su adaptación a SEPA:

  • Ponemos a su disposición nuestra Guía de Empresa para la migración a SEPA.. En ella podrá encontrar información útil sobre todos aquellos aspectos operativos que necesita conocer.

  • Antes de finalizar el año 2013 pondremos a su disposición la nueva versión de nuestro producto R-Pueyo, programa que genera remesas de Adeudos y Transferencias SEPA.

  • A partir de mediados de octubre de 2013, en todas nuestras comunicacionesaparecerá el IBAN de sus cuentas. También podrá consultarlos en nuestras oficinas y a través de la oficina virtual e-pueyo.com

La zona única de pagos en euros (SEPA por su acrónimo en inglés) es el área en el que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden efectuar y recibir pagos en euros en Europa, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.